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Con el voto de todas las bancadas, la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo que formaliza la relación laboral entre empresas de reparto y de transporte por aplicación y los repartidores y conductores.
Durante la sesión, PAN y PRI presentaron reservas para que, al considerarlos como personal asalariado, los trabajadores no se les incremente el pago del ISR.
Finalmente se acordó que, además de la prueba piloto de seis meses para la inscripción de los repartidores y conductores al Instituto Mexicano del Seguro Social, también en ese mismo periodo se revise que el Servicio de Administración Tributaria no les cobre más impuestos.
La presidenta de la Comisión del Trabajo, Maiella Gómez Maldonado (Morena), sostuvo que la reforma “reconoce una realidad ignorada durante demasiado tiempo”, esto es que más de 2.5 millones de personas de este sector “laboran al margen de la Ley Federal del Trabajo”.
En esa condición, dijo, no cuentan con seguridad social y de otros derechos laborales, como atención médica, acceso a vivienda ni protección ante despidos injustificados, jubilación, seguros por riesgo de trabajo, enfermedades e invalidez.
“Con esta reforma cambiamos ese paradigma y ahora serán reconocidos como trabajadores con derechos, acceso a seguridad, social, reparto de utilidades y la certeza de que su esfuerzo será protegido por la ley. Todo lo anterior, con respeto a la esencia de este modelo de trabajo, que se caracteriza por la flexibilidad de horarios y jornadas”, explicó.
Por su parte, diputados del PRI y PAN insistieron que no se modifique el régimen tributario de repartidores y conductores, pues el cálculo de recaudación se calcula en 15 mil millones de pesos de ISR.
Genoveva Huerta Villegas (PAN) sostuvo incluso que se trata de una “medida recaudatoria, un cambio de régimen simulado que podría implicar un aumento de 100 por ciento de impuestos. Esto es una carga impositiva adicional, disfrazada de derechos”.
El PRI presentó una reserva para mantener a los repartidores bajo el régimen de personas físicas con actividades empresariales, que se aplica a las empresas con aplicaciones, con el que pagan solo 2.1 por ciento de sus ingresos.
Mientras que el régimen de personal subordinado o asimilable a salarios se aplica una tasa progresiva que va de 1.92 por ciento a 35 por ciento y la reforma “es confusa sobre el esquema fiscal que se aplicará” cuando la reforma entre en vigor, explicó el coordinador de esa bancada, Rubén Moreira.
Aprobado el dictamen, se envió la minuta al Senado para su ratificación.